sábado, 18 de junio de 2011

Entre lo que es y lo que debería ser

Entre lo que es y lo que debería ser es un titulo menos duro que justicia y jurisprudencia o pensamiento y realidad. En cualquier caso me refiero en este “post” a lo que dice el titulo “entre lo que es y lo que debería ser”.

La diferencia entre el pensamiento individual, el sentido común o lo que la mayoría pensamos que es justo o lógico y lo que es sobre el papel, la realidad escrita o los procedimiento sociales marca un abismo entre los que conocen esos procedimientos y los que no los conocen.

Recomendaría una encuesta al CIS, a ver cuantos españoles piensan, creen a pies juntillas y tienen absolutamente claro que si no pagas la hipoteca te embargan el piso. Apuesto mi patrimonio a que la inmensa mayoría están convencidos que con el embargo del piso la hipoteca queda cancelada, cuando la realidad es que en muchos casos, incluso con el embargo, no solo debes mas dinero que sera en la mayoría de las situaciones, si no que a veces, debes mas que el montante inicial de la hipoteca original.

Otra encuesta que podríamos hacer es aquel que se cambia de casa, se empadrona en otra ciudad y cree que la administración conoce tu domicilio, pues no, el único que conoce tu nuevo domicilio es el nuevo ayuntamiento Yo tengo la experiencia de una sanción de trafico de 5000 de las antiguas pesetas acabo en embargo de mis cuentas por que, al cambiar de casa, ni el ayuntamiento donde vivía anteriormente, ni trafico, ni nadie, sabia donde vivía yo para notificarme una sencilla multa. Eso si, para localizar a mi banco no tuvieron problemas, siempre me pregunte por que no le preguntaron la dirección a mi banco, ellos si la tenían

El ciudadano común, aquel que Machado definió en sus versos “Son buenas gentes que viven, laboran, pasan y sueñan, y en un día como tantos, descansan bajo la tierra” no conoce, no puede conocer todas las leyes, reglamentos disposiciones, decretos y bandos municipales, sin embargo esta sujeto a ellas manipulándole su libertad, arriesgandole a la sanción y causándole infinidad de perjuicios.

Recientemente, como demandante, he iniciado un procedimiento de cobro de unas cantidades, parece que importa poco si la persona que demando vive o no vive en la dirección que indicamos de contacto, allí se le notifica y si no vive, el procedimiento continua igual. ¿Es esto justo?, legal si, pero ¿justo

Este post esta resultando un post de anécdotas. Recuerdo ahora en un curso sobre una norma medioambiental, donde yo planteaba la inutilidad de un articulado por lo fácil que era circunvenirlo, con claridad tengo en la mente la cara de dos compañeros que asimilaban que no era inutil el articulado por que era el que era y decia lo que decia. Tenían razón, era el que era y decía lo que decía pero yo sigo en mis trece que era tan fácil saltárselo que se convertía en inútil. Yo pensaba en lo que debería ser, en lo justo y ellos pensaban en lo que es, lo jurisprudente.

Esto cambiaría con una justicia, con arbitrajes pensados en la ciudadanía y no en los que emiten los contratos. Estoy absolutamente convencido que si las hipotecas las resolvieran jurados populares se solventarían con el embargo del bien hipotecado, que una multa seria incobrable por que el ayuntamiento no se preocupo por verificar que el ciudadano ya no esta empadronado en su ciudad y que los casos donde la letra pequeña anula el sentido común el sentido común lo pondrían los jurados.

Yo tengo suerte, mis circunstancias personales hacen que con una llamada telefónica tengo asesoramiento inmediato, pero eso no lo tienen los ciudadanos que “laboran, pasan y sueñan”



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